VIR

Programa para Varones en
Intervención Reeducativa.

Programa especializado en Chile (de carácter
privado) para entregar tratamiento especializado a
personas denunciadas por violencia contra la pareja o
ex pareja.

Tiene como objetivo la reeducación psicosocial
mediante el aprendizaje y generalización de una serie
de habilidades y destrezas, que permitan eliminar
conductas violentas y patrones desajustados

¿Cómo terminar con el ciclo de violencia contra las mujeres?

“Una oportuna y completa intervención socioeducativa
permite disminuir el riesgo de reincidencia, por eso
nuestro objetivo es entregar un programa que abarque
los distintos factores que llevan a la agresión, y así poder
cambiar las conductas y actitudes que mantienen la
violencia de género en nuestra sociedad”.

Esta fue la pregunta que se hizo la psicóloga Vanessa Obilinovic, y que la llevó a crear el programa VIR.

Revisando la experiencia nacional e internacional, detectó que la intervención psicológica oportuna, que incluya distintas áreas que gatillan la agresión contra la pareja, tiene resultados comprobados en la disminución de la reincidencia de estos casos.

A esto se sumó la realidad de nuestro país, que carece de una oferta privada especializada en agresores de pareja. Incluso, se terminaron programas estatales, como el que existía en Sernameg, que anualmente atendía a cerca de 1000 hombres. La necesidad de contar con un programa especializado, con profesionales experimentados en el trabajo con infractores y en el área forense, impulsó a Vanessa a desarrollar esta iniciativa pionera en Chile.

Beneficios

No cualquier terapia psicológica sirve para lograr un cambio
real en temas de violencia contra la pareja o ex pareja.

Las revisiones de la literatura son claras en informar sobre la
efectividad de las intervenciones cuando estas son bien
planificadas y ejecutadas:

“Los programas de intervención con agresores
primarios de violencia doméstica no solo son
posibles*, sino también efectivos en la
disminución de la frecuencia de conductas de
maltrato, como en la prevención de recaídas**”.

*Arce y Fariña, 2010; Echeburúa, Corral, Fernández-Montalvo, y Amor, 2004
**Arce y Fariña, 2010; Echeburúa, 2013

Características de los programas efectivos

De acuerdo a lo indicado por: Arce y Fariña, 2010;
McGuire, Mason, y O’Kane, 2000

A/ Los programas de intervención han de responder a un modelo
explícito y bien articulado de las causas, al mismo tiempo que han
de estar sostenidos por evidencia científica contrastada.

B/ Los programas de intervención deben incluir la evaluación del riesgo
que ha de llevarse a cabo de manera continuada.

C/ Los programas de intervención han de implicar la evaluación de los
factores dinámicos de riesgo.

D/ Los programas de intervención deben contener técnicas y métodos
que impliquen un aprendizaje participativo, activo y focalizado (principio de responsabilidad), así como aquellas que se ha
contrastado que facilitan el cambio.

E/ Los programas de intervención han de diseñarse con objetivos claros, bien estructurados y que respondan a las necesidades particulares del penado. 

F/ Los programas de intervención han de ser orientados desde una aproximación multimodal (incluye diferentes modos de actuación complementarios, esto es, cognitivo y comportamental), a lo que se añade que ha de ser también multinivel (individual, familiar, laboral
y socio-comunitaria).

G/ Los programas de intervención han de contemplar que la duración de la intervención se ajuste a las necesidades y evolución en el tratamiento de cada penado. Por ello, se ha de llevar a cabo una evaluación continua del progreso del penado.

H/ Los programas de intervención han de ser implementados por personal especializado y entrenado, que disponga de los recursos adecuados, con especial consideración sobre la ratio técnico/penado
sea tal que permita la implicación del primero, y a la dedicación única al programa.

Y por eso, VIR ofrece

Evaluación clínica – forense inicial

Para detectar si existen problemas mentales, de adicciones o limitaciones cognitivas que puedan dificultar o impedir el tratamiento. Si existen, la persona los deberá gestionar paralelamente o antes de iniciar VIR, dependiendo de la complejidad de aquellos factores.

Evaluación psicosocial

Para entender cómo la persona gestiona sus emociones, percibe su comportamiento y afronta situaciones difíciles. Se entrevista a familiares al inicio y durante toda la intervención, para triangular la información.

Evaluación sociocultural

Este análisis se centra en cómo las experiencias familiares y sociales han influido en la adopción de comportamientos violentos y actitudes relacionadas con la violencia hacia la pareja o ex pareja.

Análisis del riesgo

El objetivo es proteger tanto a la sociedad como a posibles víctimas y prevenir situaciones de autolesión. Este proceso permite desarrollar estrategias específicas para reducir los riesgos y garantizar la seguridad de todos los involucrados.

Sesiones online

Se puede participar desde cualquier parte de Chile, en horarios flexibles a convenir, lo que permite compatibilizar con jornadas laborales y cumplimiento de la medida cautelar.

Equipo de psicólogos

Con experiencia comprobada en población infractora y área forense.

Intervención psicológica especializada

Con una duración mínima de 1 año y la posibilidad de extenderla durante algunos meses.

Programa VIR

DESTINADO A:

Hombres denunciados o imputados por violencia intrafamiliar, en causas de Familia o en sede Penal.

DURACIÓN

El programa incluye:

– Una evaluación de riesgo de violencia que corresponde a la fase de pre-intervención, la cual tiene una duración de 2 meses.

– Terapia personalizada por mínimo 12 meses, la cual podría extenderse a un trimestre adicional (dependiendo del caso)

MÓDULOS:

– Marco legal y conceptual de la violencia de género.
– Construcciones de género: Ciclo de violencia y empatía con la víctima
– Pensamiento y afrontamiento de situaciones de tensión.
– Reconocimiento emocional y resolución de problemas
– Afrontamiento del estrés y estrategias de relajación
Prevención de recaídas
6 meses de seguimiento

¿QUÉ INCLUYE NUESTRA INTERVENCIÓN PSICOLÓGICA?

– Ejecución del programa de manera individual en formato online, en horarios
flexibles.
Informes a Tribunal de Familia o Garantía para informar avances y adherencia
al proceso.
Monitoreo mensual con el dispositivo que atiende a la víctima.
– Contacto mensual con familiares del intervenido, para triangular información.

Nuestro enfoque nos distingue

VIR es el único programa privado que existe en nuestro país que está destinado al tratamiento especializado de personas que han sido denunciadas por violencia contra la pareja o ex pareja.

Su metodología se basa en la exitosa experiencia de programas españoles, en los cuales existe evidencia científica de la disminución del riesgo de reincidencia para agresores que han participado
activamente en estas intervenciones.

Algunas cifras que demuestran la eficacia de estos tratamientos:

La asunción interna de responsabilidad
aumenta en más del 30% de los
pacientes.

El control de la ira mejora en una cifra
cercana al 20%.

Entre un 48% y un 60% de los
pacientes usa estrategias adaptativas
para afrontar eventos estresantes con
su pareja.

*Cifras obtenidas de la investigación “Eficacia del tratamiento en la
competencia cognitiva en sentenciados por violencia de género”, de la
Universidad de Santiago de Compostela, España.

El programa VIR consta de las siguientes etapas:

01

Valoración de riesgo
de violencia en contra
de la pareja:

Son 6 semanas en las cuales se
realiza un diagnóstico al
paciente, con pruebas de
personalidad, aplicación de
SARAv3 y entrevistas a familiares.

02

Ejecución del
programa:

Se elabora un plan a medida, por
un mínimo de 12 meses, en los
cuales se trabaja directamente
con el paciente.

03

Etapa de seguimiento:

Una vez finalizada la
intervención, se informa al Tribunal el cumplimiento satisfactorio de los módulos.
Un profesional tomará contacto
con el paciente durante los
6 meses posteriores, para
monitorizar los cambios en la
situación familiar.

Te invitamos a conocer nuestro programa y los
profesionales que lo imparten.

TU SITUACIÓN ACTUAL PUEDE CAMBIAR PARA TI Y TU FAMILIA.

Testimonios

Preguntas Frecuentes

¿A quiénes está dirigido este programa?

El programa VIR está dirigido a:
-Hombres que hayan ejercido violencia intrafamiliar o estén acusados de
ejercerla en contra de sus parejas o ex parejas.
-Hombres que estén obligados a cumplir con un tratamiento psicológico de control de impulsos, como medida cautelar (ley 20.066, artículo 9 letra d).
-Hombres que espontáneamente quieran iniciar un proceso psicoterapéutico para abordar problemas de violencia con sus parejas o ex parejas.

Este programa lo pueden tomar personas que han sido denunciadas por violencia intrafamiliar y, también, aquellas personas que han detectado situaciones de violencia en su relación de pareja y buscan una atención psicológica integral para abordar este problema.

Sí, el programa VIR aborda esa y otras áreas que operan como factor de riesgo en este tipo de fenómenos.

La intervención psicológica que entrega este programa reduce el riesgo de reincidencia de personas que han ejercido violencia contra su pareja.
Existen estudios científicos que avalan la eficacia de este tipo de programas, que puedes consultar aquí.

A diferencia de una terapia psicológica tradicional, el programa VIR abarca
cuatro áreas distintas que son fundamentales para tratar la violencia
intrafamiliar: aspectos cognitivos, reconocimiento emocional, habilidades
interpersonales, prevención de recaídas y manejo de estrés.
Tiene una duración mínima de un año y está diseñado específicamente
para tratar los casos de agresión contra la pareja o ex pareja.
Durante su implementación, se envían informes de asistencia al tribunal de
familia, y se mantiene contacto con abogado o psicólogo de la víctima para
identificar posibles situaciones de riesgo que deban ser tratadas durante la terapia.

Formas de Pago

Vanessa Obilinovic Guerra

Creadora del Programa

Psicóloga UNAB y licenciada en filosofía de la Universidad de Chile, tiene más de 20 años de experiencia en la intervención, tratamiento y
diagnóstico de población infractora.

Durante este tiempo, ha atendido a más de 500 personas, realizando
intervenciones individuales y grupales, informes periciales en casos de
derechos humanos, delitos sexuales y violencia intrafamiliar.

El programa VIR cuenta, además con un equipo de psicólogos y psicólogas
que tienen sobre 10 años de experiencia en el área forense y de trabajo con personas infractoras.

Área Tribunales de Familia

Evalúa la presencia de un eventual daño psicológico y su posible relación causal con los hechos materia de una causa de familia (VIF, compensación económica, entre otros).

Se requiere cuando existe una denuncia por algún tipo de vulneración a un NNA en la esfera sexual, y está en curso una causa en Tribunal de Familia.

Puede ser requerido en caso de denuncia por algún tipo de conducta de violencia intrafamiliar, Ley N° 20.066.

Área Penal

Evalúa la presencia de un eventual daño psicológico y su posible relación causal con los hechos que son materia de una causa penal.

Este informe puede ser requerido por el imputado en un delito sexual para presentarlo como prueba referida en un juicio abreviado o juicio oral en lo penal. También puede ser presentado para la revisión de medida cautelar de prisión preventiva.

Puede ser requerido por un imputado por delito de VIF, Ley N°20.066, para presentarlo como prueba en un juicio abreviado o juicio oral en lo penal. También se presenta para la revisión de medida cautelar de prisión preventiva o para una eventual salida alternativa.

Se utiliza para postular al cumplimiento de una condena en el medio libre, ley N° 18.216. Este tipo de prueba se presenta en el juicio abreviado o en el juicio oral en lo penal. También puede ser presentado para la revisión de medida cautelar de prisión preventiva, o para una eventual salida alternativa.

Área Penal

Evalúa la presencia de un eventual daño psicológico y su posible relación causal con los hechos que son materia de una causa penal.

Este informe puede ser requerido por el imputado en un delito sexual para presentarlo como prueba referida en un juicio abreviado o juicio oral en lo penal. También puede ser presentado para la revisión de medida cautelar de prisión preventiva.

Puede ser requerido por un imputado por delito de VIF, Ley N°20.066, para presentarlo como prueba en un juicio abreviado o juicio oral en lo penal. También se presenta para la revisión de medida cautelar de prisión preventiva o para una eventual salida alternativa.

Se utiliza para postular al cumplimiento de una condena en el medio libre, ley N° 18.216. Este tipo de prueba se presenta en el juicio abreviado o en el juicio oral en lo penal. También puede ser presentado para la revisión de medida cautelar de prisión preventiva, o para una eventual salida alternativa.

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